ACUERDO DE PAZ NO. 3 DE GUATEMALA


ACUERDO PARA EL REASENTAMIENTO DE LAS POBLACIONES DESARRAIGADAS POR EL ENFRENTAMIENTO ARMADO
OSLO 17 DE JUNIO DE 1994
Introducción
Para la suscripción del presente acuerdo las partes consideraron la dimensión traumática nacional que asumió el desarraigo durante el enfrentamiento armado en el país, en sus componentes humano, cultural, material, psicólogo, económico, político y social, que ocasiono violaciones a los derechos humanos y grandes sufrimientos para las comunidades que se vieron forzadas a abandonar sus hogares y formas de vida, así como para aquellas poblaciones que permanecieron en dichas áreas.
Consideraron además el compromiso del gobierno de Guatemala y de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca de contribuir constructivamente, junto con el resto de la sociedad guatemalteca a trabajar por una solución duradera y facilitar el proceso de reasentamiento de la población desarraigada, en un marco de justicia social, democratización y desarrollo nacional sostenible, sustentable y equitativo
I.             Definiciones principios y objetivos de una estrategia global de reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado
Definiciones
Se agrupa dentro del término población desarraigada al conjunto de las personas que, desarraigadas por motivos vinculados con el enfrentamiento armado, viven en Guatemala o en el exterior e incluyen, en particular, los refugiados, los retornos y los desplazados internos, tanto  dispersos como agrupados, incluyendo al comunidades de población en resistencia.
Principios
Las población desarraigada tiene derecho a residir y vivir libremente en el territorio guatemalteco. En la virtud el gobierno de la república se compromete a asegurar las condiciones que permitan y garanticen el retorno voluntario de las personas desarraigadas a sus lugares de origen a los sitio que ello elijan, en condición dignidad y seguridad
Las poblaciones desarraigadas merecen una atención especial, por las consecuencias que el desarraigo tuvo en ellas, mediante la ejecución de una estrategia global que asegure, ene l plazo más breve, su ubicación en condiciones de seguridad y de dignidad y su libre y plena integración a la vida social, económica y política del país
La ejecución de la estrategia no es discriminatoria y propicia la conciliación de los intereses de las poblaciones reasentadas y de las poblaciones que radican en las áreas de reasentamiento
Objetivos
La estrategia global de reasentamiento tiene como objetivos:
i)             Garantizar a la población desarraigada el pleno ejercicio de todos sus derechos y libertades fundamentales
ii)            Priorizar la lucha contra la pobreza y la pobreza extrema que afectan con particular gravedad las áreas del desarraigo y que corresponden en gran medida a las áreas de reasentamiento
iii)           Promover una autentica reconciliación favoreciendo en las áreas de reasentamiento y a nivel nacional una cultura de paz basada en la participación, la tolerancia mutua, el respeto reciproco y la concertación de intereses
II.            Garantías para el reasentamiento de la población desarraigada
Las partes convienen lo siguiente
El pleno respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales es esencial para la seguridad y la dignidad de los procesos de reasentamiento. Las partes reiteran su decisión de cumplir cabalmente el acuerdo global de derechos humanos, vigente desde el 29 de marzo de 1994, promoviendo con especial vigilancia el respeto de los Derechos Humanos de los desarraigados como uno de los sectores vulnerables que  merecen particular atención.
 Hacer particular énfasis en la protección de las familias encabezadas por mujeres, así como de las viudas y de los huérfanos que han sido más afectados.
Tener en cuenta los derechos diversas comunidades indígenas, en su mayoría mayas, especialmente en cuanto al respeto y promoción de sus formas de vida, identidad cultural, costumbres, tradiciones y organización social.
Las Partes reconocen la necesidad de proceder a la remoción urgente de todo tipo de minas o artefactos explosivos implantados o abandonados en esas áreas, y se comprometen a prestar toda su cooperación para estas actividades.
El Gobierno se compromete a:
i.              Reconocer los niveles educativos formales e informales que hayan alcanzado las personas desarraigadas, utilizando para este fin procedimientos rápidos de evaluación y/o certificación.
ii.             Reconocer los estudios no formales de los promotores de la educación y de salud, y otorgarles, mediante la correspondiente evaluación, las equivalencias.
Las Partes solicitan a la UNESCO la colaboración  de un plan específico para apoyar  y dar continuidad a los esfuerzos realizados por las comunidades desarraigadas.
La revisión Del Decreto 70-91, la Ley Temporal de Reposición e Inscripción de Partidas de Nacimiento, de registros civiles destruidos por la violencia, para establecer un régimen adecuado a las necesidades de todas las poblaciones afectadas, con procedimientos de registro que agilicen de manera gratuita tales tramites.
Dictar las normas administrativas necesarias para agilizar y asegurar que los hijos de los desarraigados nacidos en el exterior sean inscritos como nacionales  de origen en cumplimiento del Artículo 144 de la Republica.
En el caso particular del abandono de tierras a causa del enfrentamiento armado, el Gobierno se compromete a revisar promover las disposiciones  legales que eviten considerarlo como abandono voluntario y ratifica la imprescriptibilidad de los derechos de tenencia de la tierra. En este contexto promoverá la devolución de las tierras a los poseedores originarios y buscara soluciones compensatorias adecuadas.
Conforme a la observación delos derechos políticos, cabe respetar las normas organizativas de las poblaciones desarraigadas conforme al marco constitucional con el fin de fortalecer el sistema de organización comunal
El gobierno se compromete a fortalecer su política de protección de los nacionales en el exterior. En elación con las personas desarraigadas que deseen permanecer en el exterior, el Gobierno  llevara a cabo las gestiones y negociaciones necesarias con los países receptores a fin de garantizar su situación migratoria estable.
III. Integración productiva de las poblaciones desarraigadas y desarrollo de las áreas de reasentamiento.
Las partes coinciden en que una estrategia global de reasentamiento supone la integración productiva de la población desarraigada en el marco de una política de desarrollo sostenible, sustentable y con equidad en las áreas y regiones de reasentamiento que beneficie al conjunto de las poblaciones que allí residen. Esta policía de integración productiva se basara en los siguientes criterios y medidas:
·         Las áreas de reasentamiento son predominantemente rurales
·         Se requieren proyectos de desarrollo agrícola sustentable que ofrezcan a la población los medias para romper el círculo vicioso entre pobreza y degradación de los recursos naturales
Para la identificación de tierras que podrían servir para el asentamiento de los desarraigados que no las poseyeran y desean adquirirlas, el gobierno se compromete a:
i)             Realizar la revisión y actualización de los registros catastrales y de la propiedad inmueble.
ii)            Realizar los estudios  que permitan identificar e individualizar todas las tierras estables, municipales y privadas con opción de compra.
Para lograr un mejoramiento de la calidad de vida, de los objetivos del desarrollo rural, debe incluir:
i.              Seguridad alimentaria local e infraestructura básica de servicios a las poblaciones: vivienda, saneamiento, agua potable, almacenamiento rural, salud y  educación:
ii.             Incremento de la producción y de la productividad y promoción de mercados locales y regionales de productos e insumos agrícolas, agroindustrial y artesanales;
iii.            Generación de empleos e ingresos;
iv.           Uso sostenible y sustentable de los recursos naturales disponibles mediante ordenamiento de recursos a nivel de área.
Los proyectos y actividades de integración productiva relacionados con la estrategia global de reasentamiento tendrán en cuenta los siguientes criterios:
i.              Promover la regulación y titulación de los derechos de agua, para proporcionar el necesario marco de seguridad en el usufructo de sus recursos naturales básicos.
ii.             Promover el desarrollo de mecanismo adecuados de comercialización para los productos agrícolas, agroindustriales y artesanales.
iii.            Incluir el establecimiento de la infraestructura básica de servicios a las poblaciones, viviendas, saneamiento, agua potable, almacenamiento rural, salud y educación.
iv.           Considerar el mejoramiento de servicios permanentes y competentes de apoyo técnico, incluyendo el apoyo a las ONGs, que  seleccionen las poblaciones para facilitar la ejecución de sus proyectos.
El Gobierno se compromete a eliminar cualquier forma de discriminación de hecho legal contra la mujer en cuanto facilitar el acceso a la tierra, a la vivienda, a créditos y participar a los proyectos de desarrollo. El enfoque de géneros se incorporará a las políticas, programas y actividad de la estrategia global de desarrollo.
El Gobierno se compromete a intensificar el fortalecimiento administrativo, técnico y financiero de los gobiernos y organizaciones locales y el sistema de organización comunal, para que las comunidades sean sus propios agentes de desarrollo, y manejen los sistemas de servicios e infraestructura, así como para la representación en su gestión política, jurídica y económica.
El Gobierno se compromete, asimismo, a profundizar los esquemas de descentralización de la administración pública y elevar su capacidad de ejecución, trasladando gradualmente el poder de decisión, de manejo de los recursos y la administración de los servicios a la comunidad y a los gobiernos locales.
IV.  Recursos De Cooperación Internacional
 Las Partes reconocen que la solución de los problemas de reasentamiento de la población desarraigada es de responsabilidad compartida con toda la sociedad guatemalteca y no solo del Gobierno. Amplios sectores de la sociedad guatemalteca tendrán que conjugar sus esfuerzos para asegurar su éxito. El Gobierno se compromete a reorientar y focalizar el gasto  publico en función del combate a la pobreza y el reasentamiento de la población desarraigada. Las tareas de reasentamiento requieren un fuerte apoyo de la comunidad internacional que complemente los esfuerzos internos del Gobiernos y de los diversos de la sociedad civil.
V. Arreglos   institucionales  
La aplicación de los compromisos contenidos en la estrategia global de reasentamiento se realizará a través de la modalidad de ejecución de proyectos específicos. Con esa finalidad Las Partes convienen en la creación de la Comisión Técnica para la ejecución  del Acuerdo sobre Reasentamiento que estará integrada por dos representantes designados por el Gobierno, dos representantes designados por las poblaciones desarraigadas y dos representantes de los donantes cooperantes y agencias de cooperantes y agencias de cooperación internacional, estos últimos con carácter consultivo. La Comisión elaborará su reglamento interno y se constituirá  dentro de los sesenta días posteriores a la firma del presente Acuerdo.
Las Partes convienen en la creación de un fondo para la ejecución del Acuerdo para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado, que se conformará con aportes de la Comunidad Internacional. SE SOLICITARÁ AL Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) la administración de los recursos financieros de cada uno de los proyectos a ejecutar.
IV. Disposición final
De conformidad con el Acuerdo Marco del 10 de enero de 1994, el presente Acuerdo está sujeto a verificación internacional por las Naciones Unidas.


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