ACUERDO DE PAZ NO. 3 DE GUATEMALA
ACUERDO
PARA EL REASENTAMIENTO DE LAS POBLACIONES DESARRAIGADAS POR EL ENFRENTAMIENTO
ARMADO
OSLO
17 DE JUNIO DE 1994
Introducción
Para la suscripción del presente acuerdo las
partes consideraron la dimensión traumática nacional que asumió el desarraigo
durante el enfrentamiento armado en el país, en sus componentes humano,
cultural, material, psicólogo, económico, político y social, que ocasiono
violaciones a los derechos humanos y grandes sufrimientos para las comunidades
que se vieron forzadas a abandonar sus hogares y formas de vida, así como para
aquellas poblaciones que permanecieron en dichas áreas.
Consideraron además el compromiso del
gobierno de Guatemala y de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca de contribuir
constructivamente, junto con el resto de la sociedad guatemalteca a trabajar
por una solución duradera y facilitar el proceso de reasentamiento de la
población desarraigada, en un marco de justicia social, democratización y
desarrollo nacional sostenible, sustentable y equitativo
I.
Definiciones principios y objetivos de una
estrategia global de reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el
enfrentamiento armado
Definiciones
Se agrupa dentro del término población
desarraigada al conjunto de las personas que, desarraigadas por motivos
vinculados con el enfrentamiento armado, viven en Guatemala o en el exterior e
incluyen, en particular, los refugiados, los retornos y los desplazados
internos, tanto dispersos como
agrupados, incluyendo al comunidades de población en resistencia.
Principios
Las población desarraigada tiene derecho a
residir y vivir libremente en el territorio guatemalteco. En la virtud el
gobierno de la república se compromete a asegurar las condiciones que permitan
y garanticen el retorno voluntario de las personas desarraigadas a sus lugares
de origen a los sitio que ello elijan, en condición dignidad y seguridad
Las poblaciones desarraigadas merecen una
atención especial, por las consecuencias que el desarraigo tuvo en ellas,
mediante la ejecución de una estrategia global que asegure, ene l plazo más
breve, su ubicación en condiciones de seguridad y de dignidad y su libre y
plena integración a la vida social, económica y política del país
La ejecución de la estrategia no es discriminatoria
y propicia la conciliación de los intereses de las poblaciones reasentadas y de
las poblaciones que radican en las áreas de reasentamiento
Objetivos
La estrategia global de reasentamiento tiene
como objetivos:
i)
Garantizar
a la población desarraigada el pleno ejercicio de todos sus derechos y
libertades fundamentales
ii)
Priorizar
la lucha contra la pobreza y la pobreza extrema que afectan con particular gravedad
las áreas del desarraigo y que corresponden en gran medida a las áreas de
reasentamiento
iii)
Promover
una autentica reconciliación favoreciendo en las áreas de reasentamiento y a
nivel nacional una cultura de paz basada en la participación, la tolerancia
mutua, el respeto reciproco y la concertación de intereses
II.
Garantías
para el reasentamiento de la población desarraigada
Las
partes convienen lo siguiente
El pleno respeto de los derechos humanos y
libertades fundamentales es esencial para la seguridad y la dignidad de los
procesos de reasentamiento. Las partes reiteran su decisión de cumplir
cabalmente el acuerdo global de derechos humanos, vigente desde el 29 de marzo
de 1994, promoviendo con especial vigilancia el respeto de los
Derechos Humanos de los desarraigados como uno de los sectores vulnerables
que merecen particular atención.
Hacer particular énfasis en la protección de
las familias encabezadas por mujeres, así como de las viudas y de los huérfanos
que han sido más afectados.
Tener
en cuenta los derechos diversas comunidades indígenas, en su mayoría mayas,
especialmente en cuanto al respeto y promoción de sus formas de vida, identidad
cultural, costumbres, tradiciones y organización social.
Las
Partes reconocen la necesidad de proceder a la remoción urgente de todo tipo de
minas o artefactos explosivos implantados o abandonados en esas áreas, y se
comprometen a prestar toda su cooperación para estas actividades.
El
Gobierno se compromete a:
i.
Reconocer los niveles educativos
formales e informales que hayan alcanzado las personas desarraigadas,
utilizando para este fin procedimientos rápidos de evaluación y/o
certificación.
ii.
Reconocer los estudios no formales
de los promotores de la educación y de salud, y otorgarles, mediante la
correspondiente evaluación, las equivalencias.
Las
Partes solicitan a la UNESCO la colaboración de un plan específico para apoyar y dar continuidad a los esfuerzos realizados
por las comunidades desarraigadas.
La
revisión Del Decreto 70-91, la Ley Temporal de Reposición e Inscripción de
Partidas de Nacimiento, de registros civiles destruidos por la violencia, para
establecer un régimen adecuado a las necesidades de todas las poblaciones
afectadas, con procedimientos de registro que agilicen de manera gratuita tales
tramites.
Dictar
las normas administrativas necesarias para agilizar y asegurar que los hijos de
los desarraigados nacidos en el exterior sean inscritos como nacionales de origen en cumplimiento del Artículo 144 de
la Republica.
En
el caso particular del abandono de tierras a causa del enfrentamiento armado,
el Gobierno se compromete a revisar promover las disposiciones legales que eviten considerarlo como abandono
voluntario y ratifica la imprescriptibilidad de los derechos de tenencia de la
tierra. En este contexto promoverá la devolución de las tierras a los
poseedores originarios y buscara soluciones compensatorias adecuadas.
Conforme
a la observación delos derechos políticos, cabe respetar las normas
organizativas de las poblaciones desarraigadas conforme al marco constitucional
con el fin de fortalecer el sistema de organización comunal
El
gobierno se compromete a fortalecer su política de protección de los nacionales
en el exterior. En elación con las personas desarraigadas que deseen permanecer
en el exterior, el Gobierno llevara a cabo
las gestiones y negociaciones necesarias con los países receptores a fin de
garantizar su situación migratoria estable.
III. Integración productiva de las
poblaciones desarraigadas y desarrollo de las áreas de reasentamiento.
Las
partes coinciden en que una estrategia global de reasentamiento supone la integración
productiva de la población desarraigada en el marco de una política de
desarrollo sostenible, sustentable y con equidad en las áreas y regiones de
reasentamiento que beneficie al conjunto de las poblaciones que allí residen.
Esta policía de integración productiva se basara en los siguientes criterios y
medidas:
·
Las áreas de reasentamiento son
predominantemente rurales
·
Se requieren proyectos de desarrollo
agrícola sustentable que ofrezcan a la población los medias para romper el círculo
vicioso entre pobreza y degradación de los recursos naturales
Para
la identificación de tierras que podrían servir para el asentamiento de los
desarraigados que no las poseyeran y desean adquirirlas, el gobierno se
compromete a:
i)
Realizar la revisión y actualización
de los registros catastrales y de la propiedad inmueble.
ii)
Realizar los estudios que permitan identificar e individualizar
todas las tierras estables, municipales y privadas con opción de compra.
Para
lograr un mejoramiento de la calidad de vida, de los objetivos del desarrollo
rural, debe incluir:
i.
Seguridad alimentaria local e
infraestructura básica de servicios a las poblaciones: vivienda, saneamiento,
agua potable, almacenamiento rural, salud y
educación:
ii.
Incremento de la producción y de la
productividad y promoción de mercados locales y regionales de productos e
insumos agrícolas, agroindustrial y artesanales;
iii.
Generación de empleos e ingresos;
iv.
Uso sostenible y sustentable de los
recursos naturales disponibles mediante ordenamiento de recursos a nivel de
área.
Los
proyectos y actividades de integración productiva relacionados con la
estrategia global de reasentamiento tendrán en cuenta los siguientes criterios:
i.
Promover la regulación y titulación
de los derechos de agua, para proporcionar el necesario marco de seguridad en
el usufructo de sus recursos naturales básicos.
ii.
Promover el desarrollo de mecanismo
adecuados de comercialización para los productos agrícolas, agroindustriales y
artesanales.
iii.
Incluir el establecimiento de la
infraestructura básica de servicios a las poblaciones, viviendas, saneamiento,
agua potable, almacenamiento rural, salud y educación.
iv.
Considerar el mejoramiento de
servicios permanentes y competentes de apoyo técnico, incluyendo el apoyo a las
ONGs, que seleccionen las poblaciones
para facilitar la ejecución de sus proyectos.
El
Gobierno se compromete a eliminar cualquier forma de discriminación de hecho
legal contra la mujer en cuanto facilitar el acceso a la tierra, a la vivienda,
a créditos y participar a los proyectos de desarrollo. El enfoque de géneros se
incorporará a las políticas, programas y actividad de la estrategia global de
desarrollo.
El
Gobierno se compromete a intensificar el fortalecimiento administrativo,
técnico y financiero de los gobiernos y organizaciones locales y el sistema de
organización comunal, para que las comunidades sean sus propios agentes de
desarrollo, y manejen los sistemas de servicios e infraestructura, así como
para la representación en su gestión política, jurídica y económica.
El
Gobierno se compromete, asimismo, a profundizar los esquemas de
descentralización de la administración pública y elevar su capacidad de ejecución,
trasladando gradualmente el poder de decisión, de manejo de los recursos y la
administración de los servicios a la comunidad y a los gobiernos locales.
IV. Recursos De Cooperación Internacional
Las Partes reconocen que la solución de los
problemas de reasentamiento de la población desarraigada es de responsabilidad
compartida con toda la sociedad guatemalteca y no solo del Gobierno. Amplios
sectores de la sociedad guatemalteca tendrán que conjugar sus esfuerzos para
asegurar su éxito. El Gobierno se compromete a reorientar y focalizar el
gasto publico en función del combate a
la pobreza y el reasentamiento de la población desarraigada. Las tareas de
reasentamiento requieren un fuerte apoyo de la comunidad internacional que
complemente los esfuerzos internos del Gobiernos y de los diversos de la
sociedad civil.
V. Arreglos institucionales
La
aplicación de los compromisos contenidos en la estrategia global de
reasentamiento se realizará a través de la modalidad de ejecución de proyectos
específicos. Con esa finalidad Las Partes convienen en la creación de la
Comisión Técnica para la ejecución del
Acuerdo sobre Reasentamiento que estará integrada por dos representantes
designados por el Gobierno, dos representantes designados por las poblaciones desarraigadas
y dos representantes de los donantes cooperantes y agencias de cooperantes y
agencias de cooperación internacional, estos últimos con carácter consultivo.
La Comisión elaborará su reglamento interno y se constituirá dentro de los sesenta días posteriores a la
firma del presente Acuerdo.
Las
Partes convienen en la creación de un fondo para la ejecución del Acuerdo para
el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento
armado, que se conformará con aportes de la Comunidad Internacional. SE
SOLICITARÁ AL Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) la
administración de los recursos financieros de cada uno de los proyectos a
ejecutar.
IV. Disposición final
De
conformidad con el Acuerdo Marco del 10 de enero de 1994, el presente Acuerdo está
sujeto a verificación internacional por las Naciones Unidas.
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